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Bienvenidos

Ofrezco servicios de elaboración de Programas de Seguridad y Salud en el trabajo adaptado a la nueva Norma Técnica dictaminada por INPSASEL.La seguridad en su empresa garantizada, recuerde que la seguridad no es un juego, evite accidentes que generan pérdidas humanas y económicas.

Diseño de Planillas de Inspección

Diseño de formatos de inspecciones según las normas vigentes para que su proceso productivo sea el más seguro, desde formatos sencillos hasta lo más complejos y extensos que se adapte al elemento a inspeccionar, solo contáctenos y comience hoy.

Evite Sanciones del INPSASEL

Evite sanciones por parte de INPSASEL, garantizamos los servicios de más alto nivel para su empresa, minimizando el riesgo de accidentes laborales que podrían acarrear problemas legales.

Capacitación Continua

La Norma Ténica establece que se debe capacitar a los trabajadores, lo mismo lo estipula la LOPCYMAT.(Ley Orgánica de Prevención Condiciones y medio Ambiente de Trabajo) es un deber del patrono o patrona.

Modelo de Programa de Seguridad y Salud Laboral

Contamos con un modelo o prototipo de Programa de Seguridad y Salud Laboral, que le servirá como guía a la hora de realizar el suyo, este modelo está en venta, debe contactarnos para obtener más información si desea adquirir nuestra guía completa del Programa.

miércoles, febrero 18, 2015

Incumplimiento del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), de las leyes en materia de Seguridad y Salud Laboral

Incumplimiento del INPSASELEl  Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), es el ente que vela por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo ¿Pero quién los supervisa a ellos como institución gubernamental? Este es el detalle, generalmente y muy a menudo se observan en algunas Gerencias Estadales de Seguridad y Salud de los Trabajadores GERESAT por no decir la mayoría, no poseen algo tan elemental como el extintor, imagínate sin se indaga más a fondo las sorpresas que te encontrarás, he tenido testimonios de algunos trabajadores que hacen vida laboral en dicho instituto, desde acoso laboral entre otras variables. Lamentablemente  y como todos los entes del gobierno, no existe imparcialidad, solo se mueven por intereses políticos (La mayoría) no estoy diciendo todos.


La doctrina política ha generado odio y conflictos entre profesionales de Seguridad y Salud Laboral y Delegados de Prevención, sin dejar pasar desapercibido a los Empleadores y Empleadoras ¿Quién ampara o defiende a esos profesionales? Les dejo ese acertijo. Sueño con un Instituto imparcial donde todo sea armonía y te atiendan bien cuando acudas a gestionar algún requerimiento, donde le enseñen a los Delegados  y Delegadas de Prevención, el verdadero sentido de la salud y seguridad, y no el tilde conflictivo donde la teoría principal es "acabar con el capitalismo" sin diferencias de partidos políticos.

Ingeniero en Higiene y Seguridad Laboral: Pablo Torres
18/02/2015

viernes, febrero 06, 2015

Consejos para Delegados y Delegadas de Prevención

Consejos para Delegados y Delegadas de Prevención 1
Desde mi punto de vista, la gran mayoría de Delegados y Delegadas de Prevención tienen mala concepción de lo que significa esta investidura, a menudo se tildan de enemigos a los profesionales de Seguridad y Salud Laboral por motivos o pensamientos inducidos a través de funcionarios parcializados hacia un solo sector político, me refiero en el caso de Venezuela. Es indispensable, necesario, e importante, romper ese paradigma para lograr un clima organizacional que fomente la cooperación, el trabajo en equipo y el logro de los objetivos, la persuasión negativa influyente hacia un determinado grupo de personas genera sentimientos negativos y por ende, destrucción de las organizaciones. En este apartado se mencionan algunas sugerencias que sin lugar a dudas traerá buenas nuevas para la gestión en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, donde las variables dominantes sería "ganar - ganar"



1. Analizar las situaciones que realmente pongan en riesgo a los trabajadores y trabajadores, no dejarse llevar por las decisiones sentimentales: Muy importante definir este elemento, si es necesario o urgente parar una actividad, en caso de ser positivo levantar un documento escrito con evidencias y firma de los involucrados.

2. Trabajo en equipo: El trabajo en equipo es la base fundamental del éxito, cuando se es líder se debe aceptar las críticas a sabiendas de que somos humanos y erramos, no siempre se tiene la razón, escuchar otras opiniones allana el camino hacia el logro de los objetivos.

3. No dañar al otro ni los bienes de la empresa: A menudo se generan conflictos por chismes o simplemente por doctrinas y diferencias políticas, la tolerancia es símbolo de respeto, dañar patrimonio de la organización es irrespetar tu trabajo y tu rol como Delegado o Delegada de Prevención.

4. Poner trabas o cuellos de botella en los procedimientos: Está comprobado por experiencia propia que existen Delegados o Delegadas de Prevención que no hacen su trabajo y tienden a culpar a otros de sus faltas en cumplimiento de sus funciones, retrasos en revisión de documentos, faltas a las reuniones entre otros, son algunos casos que dejan muy mal ubicados a los Servicios de Seguridad y salud en el Trabajo.

5. Se tu mismo: No dejarse llevar por los demás al menos que sea una condición de peligrosidad, las decisiones son muy importantes para  alcanzar los objetivos.

6. Luchar y reclamar por cosas que verdaderamente valgan la pena: Algunas veces se reclama solo por molestar al otro y amargarle la vida, pero se olvida de las condiciones que realmente son trascendentes para la Seguridad y Salud Laboral

Ingeniero en Higiene y Seguridad Laboral: Pablo Torres
06/02/2015

miércoles, febrero 04, 2015

TRAMITAR PERMISOS DE BOMBEROS PARA EDIFICACIONES

TRAMITAR PERMISOS DE BOMBEROS PARA EDIFICACIONES 1
Toda unidad de explotación o entidad de trabajo (Empresas), locales comerciales, instituciones públicas y privadas entre otras, deberán tramitar ante el Cuerpo de Bomberos el permiso para poder operar. Se solícita inspección técnica ante el organismo competente para determinar el nivel de riesgo de la empresa y verificar todos los elementos de extinción y detección de incendios (Sistemas de alarma, detectores de humo, sistema de extinción fijo y portátil, entre otros). Los sistemas de extinción dependerán de nivel de riesgo o peligrosidad en función de las dimensiones del local así como los materiales existentes.
El proceso de inspección será ejecutado por la División Técnica del Cuerpo de Bomberos de la localidad correspondiente a la edificación, el mismo perderá su vigencia transcurrido el año luego de la expedición del permiso, en el mismo orden de ideas en caso de modificación de la infraestructura, cambio de uso o de actividad implicará anulación de la constancia.


Bases Legales
Norma COVENIN 1010 (Extintores portátiles- Generalidades)
Capítulo 11, artículo 24 del Decreto Presidencial 2195 (REGLAMENTO SOBRE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS)
Capítulo II en sus artículos 19 y 21 del Decreto 1533 (LEY DE CUERPOS DE BOMBEROS Y BOMBERAS Y ADMINISTRACIÓN DE EMERGENCIAS DE CARÁCTER CÍVIL)


                Ingeniero en Higiene y Seguridad Laboral: Pablo Torres
04/02/2015

lunes, febrero 02, 2015

Registro de los Servicios Médicos Empresariales Ante el Ministerio del Poder Popular Para la Salud

Registro de los Servicios Médicos Empresariales
Si tu organización cuenta con un Servicio de Atención Primaria donde se practique suturas, curas entre otros, deberá ser registrado ante el Ministerio del Poder Popular Para la Salud a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria,  para su funcionamiento bajo el marco de las leyes venezolanas, en realidad son innumerables las empresas que poseen este servicio pero no han realizado el proceso para obtención de permisos ante el Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria. Realizar una memoria descriptiva del establecimiento y se debe llenar el formulario de registro loharas a través de Internet abriendo tu cuenta nueva en este enlace: http://sacs.mpps.gob.ve/titulos/censo_establecimientos/modulos/inscripcion_censo/index.php

El instructivo se lee a continuación:


FECHA DE SOLICITUD (01. DÍA; 02. MES; 03. AÑO) Indicar día, mes y año de introducción de la solicitud de aprobación de     proyecto para establecimiento de salud.
04. N° DE SOLICITUD. Representa un número proporcionado por el sistema para dar seguimiento a la solicitud (uso interno).
05. TIPO DE SOLICITUD. Rellene el cuadrito una vez:
Proyecto Nuevo: se refiere a proyecto de establecimiento que se quiere introducir a comité de programas, como proyecto a construir.
Proyecto Ampliación: se refiere a proyecto de ampliación de un  establecimiento con permiso de funcionamiento que se quiere introducir a comité de programas.
Proyecto Remodelación: se refiere a proyecto de remodelación de un  establecimiento con permiso de funcionamiento que se quiere introducir a comité de Programas
06. N° DE EXPEDIENTE. Representa un número proporcionado por el sistema para dar seguimiento a la solicitud (uso interno).

A.- DATOS DEL SOLICITANTE AUTORIZADO POR EL ESTABLECIMIENTO POR EL MINISTERIO DE SALUD
07. APELLIDOS  Indicar Apellidos completos del (de la) Representante Legal del establecimiento.
08. NOMBRES Indicar Nombres completos del (de la)  Representante Legal del establecimiento.
09. N° DE CÉDULA DE IDENTIDAD Reseñar si es venezolano(a) (V) o, extranjero(a) (E) y a continuación el número de cédula.
10. MATRÍCULA DEL  M.S.D.S. Indicar el número de  Matricula del registro como profesional en el Ministerio de Salud.
11. PROFESIÓN Indicar la profesión relativa a las Ciencias de la Salud adscritas al Ministerio de Salud.
12. N° DE TELÉFONO Indicar el código de área y teléfono de ubicación del Representante Legal del establecimiento.
13. N° DE FAX Indicar el número de fax de ubicación del Representante Legal del establecimiento.
14. N° DE CELULAR Indicar el teléfono celular de contacto del Representante Legal del establecimiento.
15. CORREO ELECTRÓNICO Dirección de correo electrónico de contacto para envío de información oficial al Representante Legal del Establecimiento.

B. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO SOLICITANTE
16. RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA TITULAR DEL REGISTRO SANITARIO. Denominación social según el Registro Mercantil del establecimiento.
17. ÁREA DE CONSTRUCCIÓN (mts2). Indicar el área de construcción que tendrá el local expresado en metros cuadrados.
18. Nº DE EXPEDIENTE DEL PROYECTO. Indicar el número de expediente que posee el proyecto cuando éste fue introducido.
19. N° DE RIF. Número del Registro de Información Fiscal (RIF) del establecimiento solicitante.
20. N° DE NIT. Número de Información Tributaria de la empresa solicitante.
21. TIPO DE INSTITUCION.  Se refiere al capital del establecimiento y su origen.
22. TIPO DE ESTABLECIMIENTO: Marque con una equis (X) la solicitud a realizar.
Establecimiento Medico-Asistencial Hospitalario:   cuando mantienen un sistema de atención a los pacientes en unidades de hospitalización por períodos mayores de doce (12) horas (HOSPITALES GENERALES, HOSPITALES MATERNOS- INFANTILES, CLÍNICAS Y POLICLÍNICAS CON HOSPITALIZACIÓN, MATERNIDADES, HOSPITALES PEDIÁTRICOS, CENTRO PARA TRATAMIENTOS DE ESPECIALES, ANCIANATOS, CASA – HOGAR, CASAS DE SALUD, ESTABLECIMIENTOS DE REHABILITACIÓN MENTAL, OTROS SIMILARES, MIXTOS).
Establecimiento Medico-Asistencial Ambulatorio: el sistema de atención se basa en la permanencia del paciente en el establecimiento por un periodo no mayor de (12) horas. Aun cuando puedan disponer de camas de observación (CONSULTORIOS MEDICOS, CONSULTORIOS ODONTOLÓGICOS, AMBULATORIOS, UNIDADES DE CIRUGÍA AMBULATORIA, OTROS SIMILARES, MIXTOS). Especificar si es o si posee medicina oncológica o servicio de diálisis.
Establecimiento de Estética Humana: incluyen gimnasios, spa, funerarias. Especificar si es funeraria.
Establecimiento de Técnicas Médicas Auxiliares: son aquellos cuyos responsables son profesionales no médicos debidamente autorizados por las leyes para la atención de persona en actividades conexas con la medicina. Estos establecimientos son entre otros, (LABORATORIO CLINICO, OPT0METRIA, PODODOLOGIA, FISIOTERAPIA, FONOTERAPIA, AUDIOTERAPIA, ESTABLECIMIENTOS MIXTOS). Especificar si es o posee radiología, medicina nuclear, banco de sangre, laboratorio clínico (básico o especializado).
Funerarias: Son aquellas entidades que prestan servicios exequiales, de transporte de cadáveres, pompas fúnebres, salas velatorias, etc.
23. INDIQUE LA SITUACIÓN ACERCA DEL INMUEBLE. Indicar si es una propiedad privada, alquilada o si se trata de otro tipo de situación, especificar a que se refiere.

DATOS DEL REGISTRO MERCANTIL

24. NÚMERO DE FOLIO. Se refiere al número de la página que identifica, la ubicación dentro del tomo en el registro
25. N° DE TOMO. Se refiere al número del libro donde se ubica el registro del establecimiento
26. OBJETO DE LA EMPRESA. Todos los objetos pertinentes relativos al establecimiento
FECHA DE EMISIÓN (27. DÍA; 28. MES; 29. AÑO). Indicar día, mes y año del registro mercantil del establecimiento.
30. REGISTRO. Se refiere al número que identifica a la oficina de registro.
31. CIRCUNSCRIPCIÓN. Se refiere al circuito o circunscripción judicial del registro.

MODIFICACIONES REALIZADAS AL REGISTRO MERCANTIL

32. REGISTRO. Se refiere al número que identifica a la oficina de registro.
33. CIRCUNSCRIPCIÓN. Se refiere al circuito o circunscripción judicial del registro.
FECHA DE EMISIÓN (34. DÍA; 35. MES; 36. AÑO). Indicar día, mes y año del registro mercantil del establecimiento.
37. N° DE TOMO. Se refiere al número del libro  donde se ubica el registro del establecimiento
38. NÚMERO DE FOLIO. Se refiere al número de la pagina que identifica, la ubicación dentro del tomo en el registro
39. MODIFICACIÓN. Razón por la cual se efectúa una actualización del registro (ampliación de capital, cambio de objeto etc)
40. ESTADO. Indicar dentro de la división político territorial del país, el estado  de ubicación del Establecimiento.
41. CIUDAD. Población del Municipio en la que se encuentra ubicado el establecimiento.
42. MUNICIPIO Indicar la entidad municipal, en la división político territorial del Estado donde se encuentra ubicado el     establecimiento.
43. PARROQUIA. Indicar la entidad parroquial en la división político territorial del municipio donde está el establecimiento.
44. URBANIZACIÓN/SECTOR/ZONA INDUSTRIAL Nombre de la ubicación en la ciudad o población donde se encuentra ubicado el establecimiento.
45. AVENIDA /CARRERA/CALLE/ESQUINA Nombre de la ubicación dentro de la urbanización, sector o zona industrial.
46. EDIFICIO/QUINTA/CASA/GALPON Nombre que identifica la construcción o edificación del establecimiento.
47. PISO/PLANTA/LOCAL Identificación precisa del lugar dentro de la construcción o edificación donde se localiza el establecimiento.
48. CÓDIGO POSTAL Número de ubicación geográfica postal o zona postal.
49. PUNTO DE REFERENCIA Edificios o lugares cercanos de referencia que ayuden a identificar la del establecimiento.
50. N° DE TELÉFONO Indicar el código de área y teléfono de ubicación del establecimiento.
51. N° DE FAX. Indicar el código de área y teléfono de ubicación del establecimiento.
52. DIRECCION DE CORREO ELECTRÓNICO Dirección de correo electrónico de contacto para envío de información oficial al
establecimiento.
53. DIRECCION DE PAGINA WEB Indicar la dirección de Internet del establecimiento si la posee.
PATENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO
54. DOCUMENTO PRESENTADO: Se refiere a la patente de industria y comercio emitida por la intendencia municipal donde esta
ubicado el establecimiento (marca con una equis).
55. ESTADO. Indicar dentro de la división político territorial del país, el estado  de ubicación de la alcaldía emisora de la patente.
56. MUNICIPIO OTORGANTE. Indicar la entidad municipal, en la división político territorial del Estado donde se encuentra ubicada la alcaldía emisora de la patente.
57. NUMERO DE PATENTE. Colocar el número asignado por la autoridad municipal.
FECHA DE VENCIMIENTO. (58. DÍA; 59. MES; 60. AÑO). Indicar día, mes y año correspondiente a la fecha de vencimiento de la patente.
FECHA DE EXPEDICION. (61. DÍA; 62. MES; 63. AÑO). Indicar día, mes y año correspondiente a la fecha de expedición de la
patente.
64. RAMO. Escribir el área o ramo en el cual la alcaldía ha permisado el establecimiento.
C. DATOS DEL (DE LOS) PROPIETARIO (S)  DEL ESTABLECIMIENTO   
65. APELLIDOS  Indicar Apellidos completos del (de los) propietario (s) del establecimiento.
66. NOMBRES Indicar Nombres completos del (de los) propietario(s) del establecimiento.
67. N° DE CÉDULA DE IDENTIDAD Reseñar si es venezolano(a) (V) o, extranjero(a) (E) y a continuación el número de cédula.
68. MATRÍCULA DEL  M.S. Indicar el número de  Matricula del registro como profesional en el Ministerio de Salud o el oficio y/o
profesión al  la cual se dedica (n).
69. PROFESIÓN/OFICIO. Indicar la profesión de la salud y/u oficio.
70. N° DE TELÉFONO.  Número de ubicación telefónica del (de los) propietario (s). Indicar código de área.
71. N° DE CELULAR.  Número de telefono celular del (de los) propietario(s). Indicar código de área.
72. DIRECCION DE CORREO ELECTRÓNICO. Dirección de correo electrónico o e-mail del propietario.
73. AREA DE CONSTRUCCION (mts²). Exprese en numero, loa cantidad de metros cuadrados de construcción del establecimiento.
74. GRUPO DE TRABAJO.  Personas asignadas al análisis del proyecto.
75. OBSERVACIONES DEL GRUPO DE TRABAJO.  Observaciones del grupo de trabajo que ha hecho el análisis.



Registro de los Servicios Médicos Empresariales 1

Bases Legales


Constitución de la República Bolivariana de Venezuela


En base a lo previsto en la Carta Magna el Estado Asume responsablemente ser el garante del Derecho a la Salud de todos los ciudadanos, dirigiéndose a la construcción del Sistema Público Nacional de Salud.

Es por esta razón que nuestra meta, es la puesta en marcha de un sistema de salud donde prevalezca el resguardo del derecho de todos los venezolanos a través de la vigilancia y control de todos aquellos actores que de una u otra manera influyen en el abastecimiento, comercialización y asistencia alimentaria, farmacéutica y médica.

Nuestra razón de ser se basa en los Artículos 83, 84, 117 y 141 de CRBV.



Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud (G.O.Nro.38.591 de fecha 26 de Diciembre de 2.006)


Artículo 39. Se crea el servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS), como servicio autónomo sin personalidad jurídica, con patrimonio propio, autonomía presupuestaria, administrativa, financiera y de gestión; dependerá jerárquicamente del Ministro de Salud, cuyo objeto fundamental es promover y proteger la salud de la población. El mismo establecerá un sistema nacional de regulación, registro, notificación, autorización, habilitación, evaluación, acreditación, certificación, análisis, supervisión, inspección, vigilancia, control, investigación asesoramiento y sanción de los establecimientos, procesos y productos de uso y consumo humano, en las etapas de producción, elaboración, envasado, etiquetado, ensamblaje, importación, exportación, almacenamiento, distribución, comercialización, transporte, expendio, dispensación, promoción y publicidad; así como lo relativo a la información, educación, capacitación y prestación de servicios en el ámbito de la salud humana. De igual forma, comprende la regulación de las actividades ejecutadas por los profesionales y técnicos de la salud humana, a través del registro, control, certificación y recertificación.

GACETAS OFICIALES 

36.090 del 20 de noviembre de 1996. · Norma que establece los requisitos arquitectónicos y de equipamiento para establecimientos de salud medico- asistenciales. Servicio de emergencia. 31.546 del 09 de agosto de 1978. · Reglamento de la ley de transfusiones y bancos de sangre. 37.715 del 20 de noviembre de 1996 · Funcionamiento de hemodiálisis en establecimientos privados y públicos. 35.216 del 21 de octubre de 1993 · Reglamento del servicio de medicina critica. 36.574 del 04 de noviembre de 1998. · Normas que establecen los requisitos arquitectónicos funcionales del servicio de quirófano de los establecimientos de salud medicoasistenciales públicos y privados. 36.595 del 03 de diciembre de 1998 · Reglamento sobre clínicas de hospitalización, hospitales, casas de salud, sanatorios, enfermería. 36.788 del 16 de diciembre de 1999. · Normas que establecen los requisitos arquitectónicos, funcionales del srvicio de anatomía patológica asistenciales públicos y privados.
37144 del 20 de febrero de 2001. · Requisitos arquitectónicos para instituciones que oferten bioanálisis Nº063. · Requisitos arquitectónicos para establecimientos de salud Estética Humana Nº064. · Requisitos arquitectónicos para unidades de cirugía ambulatoria. Nº065. 38.572 del 27 de noviembre de 2006 resolución Nº401. · Normas sanitarias para la autorización y el control de radiaciones ionizantes en medicina, Oncología y veterinaria.


                  Ingeniero en Higiene y Seguridad Laboral: Pablo Torres
02/02/2015

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