Definición de Mobbing o Acoso Laboral
Se define como una forma de violencia que en la mayoría de los casos pueden afectar de forma psicológica, y moral a la persona sometida a dicha condición. La etimología de la palabra Mobbing deriva del vocablo inglés " To mob " que significa "atacar con violencia" este término fue acuñado por el Doctor Konrad Zacharias Lorenz tomando como referencia la conducta agresiva y violenta que poseían algunas especies de aves contra sus contrincantes.
El primero que se dedicó a estudiar el Mobbing en el campo laboral refiriéndose como violencia psicológica fue el Psicólogo de origen alemán nacionalizado en Suecia cuyo nombre es Heinz Leymann en el año 1986 a través de un libro denominado las consecuencias.
Primero que todo es abordar esa situación lo antes posible, no dejar que la situación de acoso te envuelva, la dignidad en el trabajo es un derecho, recuerda acudir a un especialista que te ayuda a contrarrestar los efectos psicológicos y morales a los cuales estás siendo sometido (a), evitar caer en provocaciones ya que el acosador busca llevarte a su terreno, la violencia no se ataca con violencia, debes tener mucho cuidado pero tampoco te dejarás someter, si sientes la necesidad de emitir alguna contestación procura hacerlo cuando hayan testigos que a futuro sería tu carta bajo la manga a la hora de denunciar al acosador.
¿Donde debo acudir si me siento acosado por algún miembro de la organización donde trabajo?
El artículo 156 Literal "F" de la Ley Orgánica del Trabajo,
los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT Venezuela) aprobada por decreto Nº
8.938, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.076 el 7 de mayo de
2012, establece que el trabajo se llevará en condiciones dignas y seguras
que permitan a los trabajadores y trabajadoras el
desarrollo de sus potencialidades, capacidad creativa y pleno respeto a sus
derechos humanos, garantizando:
f)
La prevención y las condiciones necesarias para evitar toda forma de
hostigamiento o acoso sexual y laboral.
Por esta razón debes actuar de conformidad con lo establecido en la LOTTT, lo primero que debes hacer es comunicarlo a Los Delegados o Delegadas de Prevención para que este asunto sea tratado en el ceno del Comité de Seguridad y Salud Laboral de la mejor manera, el última instancia y como recurso adicional en caso de no recibir una respuesta asertiva, deberás acudir al Instituto Nacional de Prevención, Seguridad y Salud Laborales (INPSASEL) para emitir tu denuncia.
Cabe destacar que no solo la LOTTT te protege contra el Mobbing o Acoso Laboral,también está consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los artículos 83, 87 y 89 en sincronía con los convenios 81 de la Organización Internacional del Trabajo, de igual forma, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT Venezuela) en su artículo 56 literal 5 reza el siguiente párrafo:
"Abstenerse de realizar, por sí o por sus representantes, toda conducta ofensiva, maliciosa, intimidatoria y de cualquier acto que perjudique psicológica o moralmente a los trabajadores y trabajadoras, prevenir toda situación de acoso por medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia física
o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación razonable al trabajador o la trabajadora de acuerdo a sus capacidades y antecedentes y evitar la aplicación de sanciones no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e injustificada crítica contra el trabajador o la trabajadora, o su labor"
Tipos de Acoso Laboral
- Ascendente: Cuando el acoso se produce desde los subordinados hacia el jefe. Ejemplo: Un grupo de trabajadores agreden de forma psicológica o sencillamente acosan a un supervisor o gerente.
- Descendente: Se produce cuando el trabajador que posee mayor rango acosa al subordinado, este tipo de acoso es el más común dentro de las empresas.
- Horizontal: Donde un trabajador se encuentra en una situación de acoso producida por otros que ocupan el mismo nivel jerárquico.
No confundir el acoso laboral con las obligaciones laborales
A menudo muchas personas tienden a confundir el acoso con las obligaciones cotidianas propias del trabajo, es necesario comprender que si una persona se le hace un llamado de atención por dejar de cumplir con su trabajo perdiendo su tiempo en actividades ociosas, salvo circunstancias donde el trabajador(a) se encuentre en su horario de descanso este escenario no debe confundirse con el mobbing o acoso laboral. En el mismo orden de ideas los llamados de atención no deberán ser emitidos de forma agresiva, es importante cuidar el tono de voz y el vocabulario porque sería totalmente contradictorio a lo planteado anteriormente.
Ingeniero en Higiene y Seguridad Laboral: Pablo Torres
Twitter: https://twitter.com/Pablo_ATorres
Facebook: Seguridad y Salud Laboral
10/09/2013
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